La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) deberá indemnizar a la esgrimista Paola Pliego por 15 millones de pesos por el “daño moral y psíquico” del falso positivo que la dejó fuera de los Juegos Olímpicos de Río 2016.
La sentencia fue dictada en febrero de 2020 por el juez decimocuarto de lo Civil, Francisco René Ramírez Rodríguez de la Décima Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en el expediente 731/2018.
En Julio de 2016, antes del inicio de los Juegos, Paola Pliego fue notificada que falló en uno de los tres controles antidoping a la que fue sometida un mes antes, por lo que la atleta solicitó la prueba B comenzando ahí el conflicto con Conade.
De acuerdo a Proceso, esto es en base a un peritaje psicológico y el hecho que Conade y el personal del Laboratorio de Prevención y Control de Dopaje que cerró en 2019 fue negligente en el análisis de las muestras de orina de la deportista al alegar que se detectó modafinil.
La Federación Internacional de Esgrima (FIE) determinó que las muestras se enviarán a otro laboratorio acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje que se encontraba en Colonia, Alemania, en el que se dio un resultado distinto pues en el informe del doctor Hans Geyer, dicha sustancia no se encontró.
Además de eso se suman las descalificaciones públicas del extitular de la Conade, Alfredo Castillo contra Paola Pliego y que habrían causado que la deportista fuera víctima de un “descrédito generalizado por la sociedad”.
El descrédito, el amparo de la Conade y el bloqueo por parte de la Federación Mexicana de Esgrima orillaron a Paola Pliego para integrarse a la Selección Nacional de Esgrima de Uzbekistán.