Te contamos cuando presentar tu declaración anual si eres persona física

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes personas físicas usar el simulador de pagos para familiarizarse con la declaración anual del ejercicio fiscal 2021. El SAT comenzará a aceptar las declaraciones del 1 al 30 de abril del 2022.

En este sentido, el fisco proporcionó la liga de acceso: https://www.sat.gob.mx/declaracion/23891/presenta-tu-declaracion-anual-de-personas-fisicas-y-conoce-el-simulador-para-2021 para todos los interesados.

Te contamos cuando presentar tu declaración anual si eres persona física

Las personas físicas obligadas a presentar la declaración anual son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes: servicios profesionales (honorarios), actividades empresariales, plataformas tecnológicas, arrendamiento, intereses, dividendos, enajenación de bienes y adquisición de bienes.

El SAT también refiere que aquellas personas físicas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores, que obtuvieron ingresos de otra actividad y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20,000 pesos deberán presentar la declaración anual.

“Es importante precisar que las deducciones personales ya están prellenadas en la declaración y corresponden a los gastos realizados el año pasado por los contribuyentes, siempre y cuando hayan solicitado factura y pagado con tarjeta o transacciones electrónicas”, reveló el fisco.

Te contamos cuando presentar tu declaración anual si eres persona física

Algunas deducciones son los honorarios médicos, los dentales, los de psicólogos y nutriólogos, seguro de gastos médicos, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación y colegiaturas, entre otras.

¿Quiénes deben de realizar su declaración anual?

Además de las personas morales, las personas físicas obligadas a presentarla son aquellas que pertenecen a los siguientes regímenes:

  • Servicios profesionales (honorarios)
  • Actividades empresariales
  • Plataformas tecnológicas
  • Arrendamiento
  • Intereses
  • Dividendos
  • Enajenación de bienes
  • Adquisición de bienes
  • Así como las que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.

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LM