Este jueves, el Congreso de Sonora aprobó por mayoría de votos, la Ley de Matrimonio Igualitario, la cual modifica artículos del Código de Familia, posibilitando la unión matrimonial entre personas del mismo sexo.
La iniciativa fue presentada por las diputadas Rosa Elena Trujillo, de Movimiento Ciudadano, y Celeste Taddei, de Morena, ante el Pleno del Congreso con característica de urgente y obvia resolución.
“Los derechos humanos no están a consulta, el no reconocer la figura del matrimonio igualitario, como lo ha señalado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) , ha arrastrado a este Congreso y este estado a caer en omisiones graves y serias que atentan contra la calidad de vida de muchas personas.
“Desde el privilegio de la heterosexualidad nos hemos casado, hemos creado un matrimonio, hemos generado una serie de beneficios de seguridad social para las familias que hemos formado con nuestras familias”, afirmó Trujillo.
No obstante, los diputados de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) y del Revolucionario Institucional (PRI) se manifestaron en contra del proceso en que se somete a votación la iniciativa, pues aseguraron que se requiere pasar por comisiones para llevar a cabo su aprobación.
Alejandra López Noriega, diputada del PAN, intervino durante la sesión para señalar que la iniciativa no se ha socializado debidamente, por lo que es necesario tomar en cuenta la figura de Parlamento Abierto.
“No estamos hablando de contra o a favor del fondo de la iniciativa, estamos hablando del proceso de la aprobación de esta iniciativa. Los ciudadanos necesitamos hacer escuchar la voz de los ciudadanos”, comentó la legisladora.
Con 25 votos y ocho en contra, se aprobó la urgente y obvia resolución de la iniciativa, sin embargo, la iniciativa fue aprobada por mayoría de votos en el Congreso local, por lo que se reforman diversas disposiciones del Código de Familia, así como la derogación del artículo 102, el cual directamente establece que “es jurídicamente imposible el matrimonio contraído entre sujetos del mismo sexo”.
En el 2015, la SCJN estableció que son inconstitucionales todos los códigos civiles estatales en los que se entiende exclusivamente al matrimonio como la unión entre hombre y mujer, pues no existe razón constitucional para no reconocerlo.
Además, la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo también es considerado una discriminación por diferentes entes y organismos de Derechos Humanos, por lo que en diferentes ocasiones han señalado que es necesario que los países y estados reformen sus legislaciones para revertir o cambiar situaciones discriminatorias en sus sociedades.
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