Aquellos contribuyentes en presentar la Declaración Anual 2020, el El Servicio de Administración Tributaria (SAT) devolverá saldos a favor en la segunda semana de abril, a través del aplicativo automático de devoluciones, informó este viernes la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
De acuerdo con la dependencia, el próximo mes de abril las personas físicas deberán presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2020 y, para ello, el SAT habilitará la pestaña de presentación de la referida declaración, desde la cual los contribuyentes podrán cumplir con esta obligación a partir del jueves 1 de abril.
“Es importante destacar que aquellos contribuyentes que realicen su Declaración Anual durante la primera semana de abril y resulten con saldo a favor procedente a través del aplicativo automático de devoluciones, la autoridad fiscal le realizará el depósito correspondiente durante la segunda semana del citado mes”, aseguró Prodecon.
Te puede interesar: Así puedes solicitar al SAT la devolución de impuestos de años anteriores
Cabe recordar que la Declaración Anual se presenta a partir del 1 de abril y el último día para cumplir con esa obligación es el 30 de abril. Mientras que el plazo legal para que el SAT haga la devolución de saldos a favor es de 40 días, toda vez que puede haber casos en que los contribuyentes ajusten la propuesta ofrecida por la autoridad.
Con la finalidad de orientar a los contribuyentes, el lunes 29 y martes 30 de abril, la Prodecon realizará una serie de webinars gratuitos, titulados “Programa Declara en tu Casa 2021 – Prepárate con tiempo”, que serán seminarios virtuales donde expertos fiscalistas de la procuraduría explicarán vía zoom y YouTube, paso a paso el llenado y envío de la Declaración Anual, además de responder cuestionamientos de los participantes.
Miércoles 31 de marzo, último para que las empresas declaren sus impuestos
Este miércoles 31 de marzo vence el plazo para que las empresas presenten ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal del 2020.
Por tanto, las empresas o personas morales tienen hasta ese día para rendir cuentas ante el fisco sobre los ingresos que obtuvieron el año pasado y los gastos a deducir para poder solicitar la devolución de impuestos.
El SAT hizo un llamado a las empresas para no dejar de cumplir con la declaración 2020. “Aún estás a tiempo”, exhortó a las personas morales. Cabe recordar que deben calcular y enterar el impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio del año pasado.
AE