Según el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en el capítulo II de las características de los vehículos, artículo 40; todos los conductores de vehículos deben cerciorarse de que su vehículo esté provisto de los elementos de acuerdo a la naturaleza propia de cada vehículo.
De no contar con uno o varios de los siguientes elementos a mencionar el conductor se puede hacer acreedor a una multa económica que según la gravedad de la falta puede ser de cinco, siete o 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA´s).
Recordemos que las UMA´s son una unidad de cuenta que se utiliza en México como índice de referencia económica en pesos para determinar la cuantía de pago de obligaciones, multas e impuestos.
Actualmente el valor de una UMA es de 96.22 pesos, por lo cual al multiplicarla por cinco, siete y 10, las multas se fijarán respectivamente en 482.1, 673.54 y 962.2 pesos.
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Los 12 elementos que no pueden faltar en tu automóvil son:
- Combustible y lubricante.
- Cuartos delanteros, de luz amarilla o blanca y cuartos traseros de luz roja.
- Faros delanteros.
- Luces indicadoras de frenos en la parte trasera; direccionales y luces de parada de destello intermitente delanteras y traseras; luces para indicar movimiento en reversa y luces que iluminen la placa de matrícula posterior.
- Neumáticos en condiciones que garanticen la seguridad.
- Parabrisas en óptimas condiciones que permita la visibilidad al interior y exterior del vehículo.
- Ambas defensas.
- Dos espejos retrovisores laterales y uno interior.
- Una bocina que emite un sonido audible desde una distancia de sesenta metros en circunstancias normales.
- Un dispositivo silenciador en el escape que amortigüe las explosiones del motor.
- Cinturones de seguridad para cada ocupante del vehículo.
- Extintor.
MGG